En la parte legislativa el año abrió con la promulgación de la ley para la protección del patrimonio cultural de los pueblos indígenas.
A pesar de que los temas asociados a la propiedad intelectual no han sido motivo de atención de este gobierno -como productividad, competitividad, innovación, etc.-, el recuento de sucesos en los últimos 12 meses arroja resultados sorprendentes. No solo se generó una actividad legislativa intensa, sino también una serie de ajustes que modificaron el tablero.
En la parte legislativa el año abrió con la promulgación de la ley para la protección del patrimonio cultural de los pueblos indígenas, que constituye un hito en materia de reconocimiento y protección de conocimiento y expresiones culturales tradicionales. El ordenamiento permitió pasar, de un escenario de total desprotección, a otro en que la tutela es tan obsesiva que la implementación se vuelve onerosa. Sin embargo, los parámetros están dados y el trabajo a futuro consistirá en volverlos operativos.
En la parte de derechos de autor también se gestaron temas relevantes. El más destacado, la iniciativa para regular la remuneración por copia privada, que parece ya no permitir dilaciones. Estando ya insertado en nuestra ley, lo que se pretende es hacer ya exigible a los productores y comercializadores de dispositivos tecnológicos un pago porcentual de la venta de los mismos en favor de los autores de obras musicales y audiovisuales, como una forma de compensarlos por el disfrute que de sus obras se hace a través de su reproducción en los equipos (tabletas, celulares, etc.). Un tema por demás polémico que aún dará materia para el debate.
Otro de los temas de “especialidad” que fue regulado en el año correspondió al llamado “derecho de persecución”, al haberse fijado las tarifas para que los autores, o sus herederos, puedan cobrar una parte porcentual del precio de venta de los originales de pinturas y esculturas a las galerías que los comercializan. De manera tangencial, también la promulgación de la ley de bibliotecas tocó al derecho de autor al pretender arrogar a las bibliotecas nacionales facultades de reproducción de obras por vía digital sin autorización de los autores. Ya los amparos promovidos al efecto han corregido la pifia. En la parte operativa, este año puso en marcha INDAUTOR su sistema de registro en línea con excelentes resultados. Sin duda, una noticia alentadora.
En otro de los capítulos de la saga de la NOM-051 de etiquetado se dieron varios sucesos relevantes. Por una parte, su publicaron los reglamentos de salud que dan soporte a la propia norma oficial, y las reglas que extendieron la prohibición a la publicidad, eliminado de ésta a los personajes, celebridades y dibujos animados. En la parte judicial se otorgaron los primeros amparos en contra de la prohibición de uso de personajes, estando pendiente en las primeras semanas de enero la revisión de estos por la Corte, con los que sentará un importante precedente para los subsecuentes.
En los temas por venir, que tuvieron ya inicio en el año que termina, está el muy relevante de la ley de ciencia y tecnología, ya sometido al congreso, y que en la parte de investigación por parte de universidades y reconocimiento de derechos de propiedad intelectual plantea cambios drásticos e inconvenientes. En este asunto veremos posiciones encontradas derivadas de la predecible resistencia que los investigadores y centros de innovación en el país desplegarán en defensa de su visión y de su historia.
Finalmente, el cambio de director general en el IMPI planteó hacia finales del 2022 una gran incógnita que a partir de hoy podría empezar a disiparse.
Dr. Mauricio Jalife Daher
Enero 04, 2023