Los cambios a la Constitución para tratar de frenar la intervención de la Corte, constituyen un ataque a las bases más sensibles del sistema.

Las reacciones que el bloque de Morena en el Congreso ha venido manifestando desde el primer día de octubre de este año recuerdan las partidas de ajedrez que se juegan contra reloj. La premisa es que a un movimiento del adversario se conteste de manera inmediata, aunque se cometan graves errores. El desaseo llega a tal punto que, en cuestión de horas, decisiones de la magnitud de suprimir el control de convencionalidad son “subidas y bajadas” de una iniciativa como si fuesen piezas de Lego®. Inimaginable, inaceptable y extraordinariamente preocupante.

Al final, los cambios a la Constitución para tratar de frenar la intervención de la Corte, cercenando toda posibilidad de revisión de modificaciones constitucionales desde el Poder Judicial y cancelando suspensiones otorgadas mediante aplicación retroactiva de la ley, constituyen un ataque a las bases más sensibles del sistema. Este adefesio no solo da forma a una gravísima crisis de constitucionalidad, sino que pone en extinción el juicio de amparo como lo conocemos.

Ante la gravedad de los hechos, hace sentido tomar distancia desde la doctrina y la sensatez de la academia. Pablo Castillo-Ortiz y Yaniv Roznaiv son autores de uno de los más precisos textos de análisis de las facultades que posee la Corte, en cualquier país del mundo, para la autodefensa democrática de los tribunales constitucionales. Una vez que el Poder Judicial se captura o debilita, es fácil para los gobiernos autoritarios socavar otras instituciones democráticas, e incluso utilizar los propios tribunales contra la democracia. Según esta tesis, la Corte debe declarar la inconstitucionalidad de las reformas que, en su diseño institucional, sean instrumentos para un proceso de decadencia democrática.

En esta lógica, debe entenderse que el objetivo de esta legítima defensa no es el interés propio de la preservación de los poderes institucionales, sino la protección de la democracia misma. Para poder proteger la democracia, los tribunales deben ser capaces de protegerse a sí mismos. De hecho, los autores no sugieren que “pueden hacerlo”, sino que claramente señalan que “deben hacerlo”.

Como se ha hecho del conocimiento público, el proyecto redactado por el ministro González Alcántara Carrancá considera procedente la acción de inconstitucionalidad presentada por PRI, PAN y diversos diputados y diputadas, en contra de la reforma al Poder Judicial. El proyecto considera procedentes algunos aspectos de la reforma, eliminando la parte más grave de la misma, como la elección popular de jueces y magistrados y los jueces sin rostro, además de acotar notablemente las facultades del Tribunal de Disciplina Judicial. Es, por así decirlo, una propuesta intermedia que como alternativa de solución a la crisis es apropiada. Si los otros poderes insisten en desconocer esta resolución de la Corte, la crisis no tendrá salidas.

Lo que viene es esta carrera desquiciada en la que nos jugamos el país. Qué sucederá primero: la entrada en vigor de una nueva reforma para desconocer cualquier pretensión de la Corte de revisar enmiendas constitucionales, o la sentencia que declare la ilegalidad de una parte sustancial de la primera reforma. Una película de terror que ya no puede tener buen final.

Dr. Mauricio Jalife Daher

Octubre 30, 2024